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CAPITULO IV
Derechos y obligaciones de los contratistas
Sección primera
Derechos de los contratistas
ARTICULO 17.- Derecho a la ejecución.
Los contratistas tienen derecho de ejecutar plenamente lo pactado,
excepto si se produce alguno de los supuestos mencionados en el artículo
11 de esta Ley.
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