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 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 63
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Normativa - Ley 7494 - Articulo 63
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Artículo 63
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63

Sección tercera

Suministro de bienes

ARTICULO 63.- Procedimiento aplicable.

Las contrataciones de suministros se regirán por los procedimientos

de licitación pública, licitación por registro y licitación restringida

según corresponda, de acuerdo con el monto.

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