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 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 55
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Normativa - Ley 7494 - Articulo 55
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Artículo 55
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55

CAPITULO VII

Regulaciones especiales

Sección primera

Generalidades

ARTICULO 55.-

Tipos abiertos.

Los tipos de contratación regulados en este capítulo no excluyen la posibilidad para la Administración de definir, reglamentariamente, cualquier otro tipo contractual que contribuya a satisfacer el interés general, dentro del marco general y los procedimientos ordinarios fijados en esta Ley.

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