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 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 79
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Normativa - Ley 7494 - Articulo 79
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Artículo 79
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79

ARTICULO 79.-

Cuantificación del arrendamiento.

Cuando el arrendamiento sea con opción de compra, el monto de la contratación se estimará a partir del precio actual del equipo por arrendar.

Cuando el arrendamiento no incluya opción de compra, la contratación se estimará tomando el monto total de alquileres correspondientes a cuatro años.

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