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 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 103
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Normativa - Ley 7494 - Articulo 103
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Artículo 103
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103

CAPITULO XII

Proveeduría Nacional

Artículo 103.-Naturaleza y funciones.

La Proveeduría Nacional es un órgano técnico y consultivo del Ministerio de Hacienda, que tendrá dentro de sus funciones:

a) El trámite en todas sus etapas incluso la de adjudicación, de los procedimientos para contratar del Poder Ejecutivo que no estén asignados a proveedurías institucionales.

b) Brindar asesoría a los sujetos públicos y privados, que desarrollan actividades de contratación administrativa.

 

c) Evaluar las políticas y los procedimientos de contratación, con la finalidad de que se ajusten, constantemente, a satisfacer el interés público.

 

d) Administrar el fondo circulante.

 

e) Las que le asignen otras leyes o reglamentos.

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