N°
2902
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
37498 del 9 de noviembre de 2012, "Derogatoria de normativa que comprenda
órganos interinstitucionales constituidos ad hoc que hayan concluido su ciclo
operativo o haya entrado en desuso")
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,
Considerando:
1°-Que
el capítulo cuarto de la Ley de Planificación (N° 3087 de 31 de enero de
1963) propicia la coordinación voluntaria del proceso de planificación de las
Instituciones Autónomas, Semiautónomas y Municipalidades con la Oficina de
Planificación Nacional, con el propósito de aunar esfuerzos para aprovechar en
una forma racional e integrada, los recursos de que dispone el Sector Público.
2°-Que
ha existido un marcado interés en lograr una acción coordinada por parte de
las instituciones descentralizadas en aquellos aspectos comunes de sus políticas
generales de desarrollo, en beneficio del país y de las mismas instituciones.
3°-Que
los esfuerzos realizados por algunas de las instituciones descentralizadas, en
procura de una adecuada coordinación de políticas, culminaron con la creación
de una Comisión Coordinadora de Instituciones Descentralizadas, la cual en más
de un año de funcionar ha tenido un significativo avance en materia de
coordinación.
4°-Que
en vista del éxito alcanzado y a petición de la citada Comisión Coordinadora,
se considera conveniente dotarla de una organización conforme a derecho que
facilite el logro de sus objetivos.
Por
tanto,
DECRETAN:
Artículo
1°-Créase la Comisión Coordinadora entre Instituciones Descentralizadas y la
Oficina de Planificación Nacional, como Cuerpo Consultivo de Planes.
|