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 Normativa >> Ley 7451 >> Fecha 16/11/1994 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7451 - Articulo 1
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Artículo 1
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BIENESTAR DE LOS ANIMALES

CAPITULO I

Disposiciones generales

ARTICULO 1.- Valores.

La familia y las instituciones educativas fomentarán, en niños y

jóvenes, los valores que sustentan esta Ley. De manera particular se

enfatizará en los siguientes:

a) La conciencia de que los actos crueles y de maltrato contra los

animales lesionan la dignidad humana.

b) El fomento del respeto por todos los seres vivos.

c) La conciencia de que la compasión por los animales que sufren

dignifica al ser humano.

d) El conocimiento y la práctica de las normas que rigen la

protección de los animales.

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