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 Normativa >> Ley 7451 >> Fecha 16/11/1994 >> Articulo 16
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Normativa - Ley 7451 - Articulo 16
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Artículo 16
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ARTICULO 16.- Medidas veterinarias obligatorias.

Los propietarios o los poseedores de animales deberán cumplir con las

medidas veterinarias declaradas de acatamiento obligatorio, de conformidad

con los artículos 184 y siguientes de la Ley General de Salud Nº 5395, del

30 de octubre de 1973 y sus reformas.

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