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 Normativa >> Ley 7495 >> Fecha 03/05/1995 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 7495 - Articulo 8
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Artículo 8
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ARTÍCULO 8.- Subrogación de derechos.

Las transmisiones de derechos que son objeto de expropiación no

impedirán continuar con el procedimiento expropiador.

El nuevo titular subrogará al anterior en sus obligaciones y

derechos.

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