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 Normativa >> Ley 7495 >> Fecha 03/05/1995 >> Articulo 42
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Normativa - Ley 7495 - Articulo 42
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ARTÍCULO 42.- Prueba para mejor proveer. (Derogado por el artículo 215 de la Ley N° 8508 de 28 de abril de 2006, Código Procesal Contencioso Administrativo)

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