Buscar:
 Normativa >> Tratados Internacionales 7499 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 13
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 13     >>
Normativa - Tratados Internacionales 7499 - Articulo 13
Ir al final de los resultados
Artículo 13
Versión del artículo: 1  de 1
13

CAPITULO V

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 13

Nada de lo dispuesto en la presente Convención podrá ser interpretado

como restricción o limitación a la legislación interna de los Estados

Partes que prevea iguales o mayores protecciones y garantías de los

derechos de la mujer y salvaguardias adecuadas para prevenir y erradicar

la violencia contra la mujer.

Ir al inicio de los resultados