Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24611 >> Fecha 04/09/1995 >> Articulo 40
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 40     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 24611 - Articulo 40
Ir al final de los resultados
Artículo 40
Versión del artículo: 1  de 1
40

ARTÍCULO 40.- Es nula cualquier estipulación contractual por la cual el autor se comprometa a no crear obra alguna en el futuro.

Ir al inicio de los resultados