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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24131 >> Fecha 17/03/1995 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24131 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 24131-H-PLAN

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Y LOS MINISTROS DE HACIENDA

Y DE PLANIFICACION Y POLITICA ECONOMICA

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del

artículo 140 de la Constitución Política,

Considerando:

1º.- Que pese a los esfuerzos realizados por el Estado para

racionalizar el Gasto Público, éste mantiene aun tasas de crecimiento

incongruentes con la financiación efectiva del mismo.

2º.- Que en el Decreto Ejecutivo Nº 24009-H del 6 de febrero de

1995, publicado en "La Gaceta" Nº 37 del 21 de febrero de 195, se

establecen disposiciones para reducir el Gasto Público, incluyendo los

aspectos relativos a materia de empleo y salarios.

3º.- Que una de las áreas sobre la cual se deben tomar acciones para

la consecución del objetivo anterior, es la redistribución del recurso

humano, y reorganización de los servicios, de forma que se logre un uso

más eficiente de los recursos en la Administración Pública.

4º.- Que existe disposición de las distintas autoridades

institucionales, para contribuir a la aplicación de alternativas que

logren la economía deseada en la utilización de los recursos humanos.

5º.- Que el artículo 191 de nuestra Constitución Política establece

la regulación de las relaciones entre el Estado y los servidores

públicos, por medio de un Estatuto de Servicio Civil, con el propósito de

garantizar la eficiencia de la Administración.

6º.- Que las leyes números 6821 y 6955 y sus reformas, otorgan a la

Autoridad Presupuestaria competencia en materia de presupuesto,

incluyendo aspectos de inversión, endeudamiento y salarios, así como en

materia de empleo.

7º.- Que es necesario establecer las disposiciones que permitan el

efectivo cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nº 24009-H. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º.- Se entenderá por plaza vacante, aquel puesto de

trabajo incluido en cualquier presupuesto público, cuyas taeas y

responsabilidades no son atendidas por determinada persona, y por ende no

existe relación de servicio para con el Estado.

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