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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25056 >> Fecha 19/02/1996 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25056 - Articulo 25
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Artículo 25
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25

CAPITULO X

De la eliminación de los residuos

Artículo 25.- En todo lugar de trabajo el empleador deberá tomar

medidas para la disposición de desechos de asbestos de modo que no se

ocasione daños a la salud de los trabajadores ni daños ambientales,

garantizando que el polvo fino se humedezca y se deposite en bolsas o

contenedores cerrados.

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