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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 5411 >> Fecha 30/10/1975 >> Articulo 9
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<<     Artículo 9     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 5411 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9°-La Oficina de Planificación Nacional y Política Económica por medio de la División de Inversiones tendrá las siguientes funciones:

a) Preparar los Planes de Inversión Pública de largo, mediano y corto plazo en coordinación con las demás dependencias públicas involucradas;

b) Dictaminar, de conformidad con lo que al respecto establece el artículo 9° de la Ley de Planificación Nacional, N° 5525 del 2 de mayo de 1974, sobre los planes y los presupuestos de los programas y proyectos de inver­           siones de las dependencias del Gobierno Central, de las instituciones des­centralizadas y demás organismos de Derecho Público, antes de ser sometidos a la aprobación de la Contraloría General de la República , cuando          corresponda;

c) Colaborar con las Oficinas Sectoriales y con las Unidades de Planificación en los procesos de identificación, preparación y evaluación de pro­yectos;                                                      

d) Establecer la metodología a ser utilizada por los ministerios, las institu­ciones descentralizadas y demás organismos de derecho público en la pre­paración y evaluación de los planes, programas y proyectos y su control;

e) Mantener actualizado el inventario de proyectos de inversión del Sector Público y llevar el registro actualizado de los proyectos del Sector Pri­ vado que hayan requerido el aval o garantía del Estado;

f) Controlar y evaluar periódicamente la ejecución de los planes, programas y proyectos de Inversión Pública y de los proyectos del Sector Privado a los que se les haya otorgado el aval o garantía del Estado, en coordinación con los organismos del Sector Público que correspondan; g) Intervenir en todos los aspectos relacionados con proyectos de inversión que le sean encargados por el Consejo Nacional de Inversiones Públicas y por la Dirección de la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica; y

h) Actuar de Secretaría Técnica y Ejecutiva del Consejo Nacional de Inver­ siones públicas.

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