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 Normativa >> Ley 7555 >> Fecha 04/10/1995 >> Articulo 15
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Normativa - Ley 7555 - Articulo 15
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Artículo 15
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ARTICULO 15.- Autorización

Se autoriza a las instituciones públicas para efectuar donaciones e

inversiones destinadas a obras o adquisiciones por parte del Estado, de

conformidad con esta ley.

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