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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25226 >> Fecha 15/03/1996 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25226 - Articulo 15
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Artículo 15    (No vigente*)
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CAPITULO VI

Las obligaciones de los clientes

Artículo 15.—Los clientes tienen las siguientes obligaciones:

a) Observar las normas usuales de moralidad, urbanidad, higiene y convivencia.

b) Someterse a los Reglamentos Internos de los servicios que contraten en todo lo que contraiga las normas legales existentes.

c) Pagar en forma y oportunidad señalada por la Empresa o Actividad los servicios contratados.

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