CAPITULO III
Del trámite para la declaratoria turística
Artículo 7ºToda
solicitud de declaratoria de empresa o actividad turística, deberá presentarse al
Instituto, suscrita por el interesado o por el representante legal si es persona jurídica
y con la firma debidamente autenticada.
Esta solicitud deberá especificar:
la actividad que se desarrollará,
el lugar específico donde se llevará a cabo la operación,
el nombre comercial a utilizar,
lugar y medio para recibir notificaciones.
Todo documento que se presente en otro idioma que no sea
español, debe ser traducido, ya sea por notario público, cónsul o traductor oficial.
(Así reformado mediante el
artículo 1 del decreto ejecutivo N°29058 del 06 de noviembre del 2000).
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