ANEXO 2
GUÍA DE REQUISITOS PARA OBTENER
LA DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: HOSPEDAJE
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTERPOL o por la institución correspondiente de su lugar de procedencia,
salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos deberán contar
con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o lugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
Los proyectos nuevos que no estén en operación al momento de
solicitar la declaratoria, adicionalmente deberán declarar que iniciarán la
construcción en un plazo máximo de seis meses contados a partir del otorgamiento de la
declaratoria. Si el proyecto no incluye construcción, deberán declarar que iniciarán
operaciones en dicho plazo.
Las empresas de hospedaje que vayan a desarrollar
infraestructura nueva, deberán también declarar que se comprometen a cumplir a futuro
con los requisitos de Equipamiento e Infraestructura Mínima de servicios establecidos por
el ICT y detallados en el Anexo 1.
d) Copia del Plano Inscrito en el Catastro Nacional. Debe indicar el
número de Folio Real (o Folio, Número y Asiento) y éste tiene que coincidir con el que
señala en la certificación de la propiedad (punto 4 siguiente). Si no coincide deberá
traer copia certificada de la Oficina de Catastro o por notario público.
e) Certificación, notarial o registral, de la propiedad en donde se
desarrollará el proyecto, que incluya todas las características del inmueble. Si la
propiedad no pertenece a la empresa interesado, deberá presentar una copia autenticada:
de la opción de compra del terreno, o del contrato de arrendamiento, o del contrato de
concesión en el caso de terrenos ubicados en la zona marítimo terrestre, el cual debe
estar inscrito en el registro correspondiente. Si el arrendante es una persona jurídica
debe presentar la Personería Jurídica del arrendante.
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor a tres meses.
(*)f)
En el caso de terrenos ubicados en reservas indígenas, debe aportarse:
f.1-
Referencia por escrito del número y fechas de vigencia y publicación
de
la Ley
o el Decreto Ejecutivo, mediante el cual se dio origen a
la Reserva Indígena
donde se localiza el proyecto.
f.2-
Certificación de personería jurídica de
la Asociación
de Desarrollo Integral u órgano que opere como autoridad competente dentro
de dicha Reserva.
f.3-
Documento de autorización emitido por
la Asociación
de Desarrollo Integral o Autoridad competente dentro de la reserva para
desarrollar la actividad que se pretende amparar a la declaratoria turística
dentro del territorio de la reserva.
f.4-
Un levantamiento topográfico del sitio (croquis) con indicación de
la delimitación física del área de la actividad turística, en el cual se
señale su medida y linderos.
(*)
(Así adicionado el inciso f) anterior por el artículo 2° del decreto
ejecutivo N° 37393 del 24 de setiembre de 2012)
II- Requisitos Técnicos
Las empresas que se encuentran en operación y solicitan la
declaratoria, deberán:
1. Presentar una carta donde se autoriza la realización de una
inspección por parte del Departamento de Fomento del ICT, con el propósito de realizar
una evaluación y clasificación conforme a la Guía de inspección que se detalla en el
anexo 3.
2. Presentar copia de la patente municipal y del permiso de
funcionamiento. Se exceptúa de la presentación de la copia del permiso de funcionamiento
a los establecimientos clasificados como categoría "C" que se encuentran
exonerados de dicho permiso según el decreto No 27569-S, y sus reformas.
"Trámite para Permisos de Funcionamiento ante el Ministerio de Salud".
3. Encontrarse al día con el pago del impuesto del 3% al hospedaje al
ICT, únicamente para las empresas de hospedaje.
4. Obtener en la inspección y calificación una categoría mínima de
una estrella, únicamente para empresas de alojamiento.
GUÍA DE REQUISITOS PARA OBTENER
LA DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: AGENCIA DE VIAJES RECEPTIVA
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTERPOL o por la institución correspondiente de su lugar de procedencia,
salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos deberán contar
con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o Jugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
d) (Así eliminado por el artículo 2°
del decreto ejecutivo N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
e) Debe presentarse tres cartas de relaciones comerciales con
empresas turísticas nacionales.
(Así reformado el punto anterior por el artículo 1°
del decreto ejecutivo N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor de tres meses.
GUÍA DE REQUISITOS PARA OBTENER LA
DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: ARRENDADORAS DE VEHÍCULOS
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTERPOL o por la institución correspondiente de su lugar de procedencia,
salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos deberán contar
con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa, en el caso de persona jurídica.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o lugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor a tres meses.
GUÍA DE REQUISITOS PARA OBTENER LA
DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: LÍNEAS AÉREAS
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTERPOL o por la institución correspondiente de su lugar de procedencia,
salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos deberán contar
con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene, cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa, en el caso de persona jurídica.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o lugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
e) Certificación emitida por el Consejo Técnico de Aviación Civil,
que acredite que la empresa solicitante tiene permiso para operar, servicios aéreos
regulares, con sus respectivos itinerarios, internacionales y nacionales.
f) Certificación registral o notarial actualizada de la personería
jurídica, en el caso de persona jurídica.
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor a tres meses.
GUÍA DE REQUISITOS PARA OBTENER
LA DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: TRANSPORTE ACUÁTICO
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTERPOL o por la institución correspondiente de su lugar de procedencia,
salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos deberán contar
con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa, en el caso de persona jurídica.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o lugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
e) El interesado deberá además presentar el título de propiedad o
contrato de arrendamiento del muelle o embarcadero desde donde operará la nave o copia
del contrato de concesión suscrito con la municipalidad local. En el caso de que en la
zona desde donde se operará (y así quede demostrado) no se cuente con muelles,
atracaderos o embarcaderos; el interesado deberá proponer para autorización del ICT otro
tipo de facilidades o maneras alternas de embarque y desembarque de pasajeros.
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor a tres meses.
II- Requisitos Técnicos
1. Las empresas de transporte acuático que opten por la Declaratoria,
deberán de cumplir con las especificaciones técnicas que establece el Reglamento sobre
naves acuáticas, dedicadas exclusivamente al transporte turístico de pasajeros.
2. Para empresas en operación se deberá presentar el certificado de
navegabilidad, extendido por la Dirección de Transporte Marítimo del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, sobre la vigencia de las embarcaciones existentes.
GUIA DE REQUISITOS PARA OBTENER
LA DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: AGENCIA DE VIAJES EMISORA
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTÉRPOL o por la institución correspondiente de su lugar de
procedencia, salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos
deberán contar con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del
Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa, en el caso de persona jurídica.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o lugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
d) (Así eliminado por el artículo 2°
del decreto ejecutivo N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor de tres meses.
GUÍA DE REQUISITOS PARA OBTENER
LA DECLARATORIA TURÍSTICA
ACTIVIDAD: GASTRONOMÍA Y CENTROS
DE DIVERSIÓN NOCTURNA
I- Requisitos Legales
El interesado deberá presentar:
1. Solicitud de Declaratoria Turística, suscrita por el propio
interesado (en caso de personas físicas), o por el representante de la empresa (en caso
de personas jurídicas), la firma deberá estar debidamente autenticada. La solicitud
deberá indicar la actividad a la que se dedicará la empresa, el lugar específico donde
se operará, el nombre comercial a utilizar, la fecha de inicio de operaciones (cuando se
trate de un proyecto). Además deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Certificado de carencia de antecedentes penales de los
representantes legales de la empresa en caso de personas jurídicas ó del interesado en
caso de personas físicas.
Si los apoderados son costarricenses, deben presentar una
certificación de antecedentes penales del Registro Judicial.
Si las personas son extranjeras, los certificados deberán ser
emitidos por la INTERPOL o por la institución correspondiente de su lugar de procedencia,
salvo que cumplan con lo dispuesto en el punto siguiente. Ambos documentos deberán contar
con las autenticaciones del cónsul costarricense respectivo y del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Si la persona extranjera cuenta con status vigente de residente
rentista, residente pensionado, o tiene cédula de residencia vigente, puede presentar el
certificado de antecedentes extendido por el Registro Judicial costarricense en lugar de
los documentos señalados en el punto anterior.
En
aquellas naciones donde se demuestre, mediante documento oficial, que no se
extienden certificaciones de carencia de antecedentes penales, se puede
presentar una declaración jurada notarial de tres testigos que den fe de la
buena conducta y solvencia moral del interesado.
- (Así
adicionado el párrafo anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 34221 del 22 de noviembre de 2007).
b) Certificación, registral o notarial, de la personería jurídica de
la empresa, en el caso de persona jurídica.
c) Declaración jurada, firmada por el interesado para personas
físicas o del representante legal para personas jurídicas, de los siguientes
compromisos:
Que la empresa tendrá como objeto exclusivo o principal las
actividades turísticas.
Reportar cambios de propietario, administradores, domicilio,
razón social, nombre comercial u otros cambios que modifiquen los alcances de la
Declaratoria Turística original otorgada.
Comunicar cambios de dirección. De no reportarse cambios el
medio o lugar de notificaciones, se entenderá que se acepta la notificación en el lugar
y medios inicialmente señalados.
Los proyectos nuevos que no estén en operación al momento de
solicitar la declaratoria, adicionalmente deberán declarar que iniciarán la
construcción en un plazo máximo de seis meses contados a partir del otorgamiento de la
declaratoria. Si el proyecto no incluye construcción, deberán declarar que iniciarán
operaciones en dicho plazo.
Las empresas de gastronomía y centros de diversión nocturna
que vayan a desarrollar infraestructura nueva, deberán también declarar que se
comprometen a cumplir a futuro con los requisitos de Equipamiento e Infraestructura
Mínima de servicios establecidos por el ICT y detallados en el Anexo 1.
Toda certificación deberá tener una vigencia no mayor a tres meses.
II- Requisitos Técnicos
Las empresas que se encuentran en operación y solicitan la
declaratoria, deberán:
1. Presentar una carta donde se autoriza la realización de una
inspección por parte del Departamento de Fomento del ICT, con el propósito de realizar
una evaluación y clasificación conforme a la guía de inspección publicada en el
presente reglamento.
2. Presentar copia de la patente municipal y del permiso de
funcionamiento. Se exceptúa de la presentación de la copia del permiso de funcionamiento
a los establecimientos clasificados como categoría "C" que se encuentran
exonerados de dicho permiso según el decreto No 27569-S, y sus reformas. "Trámite
para Permisos de Funcionamiento ante el Ministerio de Salud".
(*)
3.
Obtener
en la inspección, evaluación y calificación, una categoría de tres tenedores
en el caso de las empresas gastronómicas y de tres copas en el caso de los
centros de diversión nocturna.