Artículo 4°—Los
contribuyentes dedicados a las actividades enumeradas en el artículo 1, incisos
del a) al l), inscritos en el Régimen, calcularán los impuestos
correspondientes a cada trimestre de la siguiente manera:
(Así reformado el
párrafo anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N°34921 del 26 de
noviembre de 2008)
(Nota de Sinalevi: En
La Gaceta N° 202 del 26 de octubre de 2017 se publicó la reforma del epígrafe
del artículo 4° del Decreto Ejecutivo N° 25514-H del 24 de setiembre de 1996,
denominado “Régimen de Tributación Simplificada para Comerciantes Minoristas y
Bares”. Posteriormente mediante Fe de Erratas publicada en La Gaceta N° 18 del
31 de enero de 2018, página N° 88, y en La Gaceta N° 19 del 1° de febrero de
2018, página N° 96, se reproduce en
dicha Gaceta por error de Imprenta, la
Dirección General de Tributación Directa aclara que dicha modificación
corresponde tan solo a un proyecto de reforma sobre dicho artículo y no a una
norma jurídica afectante. Por ello, no se realizó la afectación
correspondiente).
a) Impuesto sobre la renta:
al total de compras del trimestre -sujetas o no al impuesto general sobre las
ventas e incluyendo el importe de este tributo-
le aplicarán el factor que a tal efecto se indica más adelante.
(Corregido el inciso
anterior mediante Fe de Erratas, publicada en La Gaceta N° 192 del 7 de octubre
de 1997, página 55, que eliminó el adverbio “no”, ubicado al final del texto, entre
las palabras “tributo” y “le”)
b) Impuesto general sobre las ventas:
al total de compras del trimestre, gravadas con el tributo sobre las ventas
-incluyendo el importe de este impuesto-, le aplicarán el factor que a tal
efecto se indica más adelante.
En el caso de las
actividades a que se refieren los incisos a), c), i) y j) del artículo 1°,
también deben incluirse las compras exentas a fin de determinar la base
imponible.
(Así
reformado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 26199 del 20 de junio de
1997)
(Reformado parcialmente por el artículo 9° del Decreto Ejecutivo N° 29643, del
10 de julio de 2001)