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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24245 >> Fecha 28/03/1995 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24245 - Articulo 4
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Artículo 4
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4

Artículo 4º.- Los planes y propuestas que apruebe el Consejo,

una vez comunicadas conforme a lo dispuesto en la Ley General de la

Administración Pública, constituirán directrices de acatamiento

obligatorio para todas las instituciones públicas cuyas áreas de

acción tengan incidencia en la competitividad de las exportaciones,

sin perjuicio de las disposiciones legales especiales que resulten

aplicables.

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