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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24245 >> Fecha 28/03/1995 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24245 - Articulo 6
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Artículo 6
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6

Artículo 6º.- El Ministerio de Comercio Exterior actuará como

Secretaría Técnica del Consejo, para lo cual podrá requerir el

apoyo logístico de los demás Ministerios representados en el

Consejo o de otras instituciones públicas.

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