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 Normativa >> Reglamento municipal 472 >> Fecha 26/08/1997 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 472 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

        El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón Central de San José, en uso de sus atribuciones y de conformidad con lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política y con base en las disposiciones contenidas en los artículos 1° a 3°, 7°, 21 literal ch). 47. 142, siguientes y correspondientes del Código Municipal. 66 a 68, siguientes y correspondientes del Código de Trabajo, emite el presente Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de San José, el cual se regirá por las siguientes disposiciones.

(Nota de Sinalevi: Este reglamento fue reformado parcialmente y reproducido su texto de forma íntegra, mediante sesión extraordinaria N° 46 del 12 de marzo del 2012 y publicado en La Gaceta N° 70  del 10 de abril del 2012, por lo que se reproduce a continuación:)

“REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN

Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN

CENTRAL DE SAN JOSÉ

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—El presente Reglamento regulará las relaciones de empleo de la Municipalidad de San José, en adelante denominada la MUNICIPALIDAD, y sus funcionarios y funcionarias, con ocasión o por consecuencia del trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico administrativo-laboral.

Con el fin de evitar el exceso de acumulación gráfica, en el reglamento al utilizar la palabra funcionario, servidor o similar terminología, se estará haciendo referencia tanto a hombres como mujeres, sin discriminación de género.

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