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(Este decreto ejecutivo fue
derogado por el artículo 14
del decreto ejecutivo N° 24175 del 7 de abril de 1995)
Nº
23720-PLAN
LA PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO
DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA
ECONOMICA,
En uso de las
facultades que le conceden los incisos 3) y 18) del
artículo 140 de la Constitución Política y
Considerando:
Primero.-Que
uno de los objetivos prioritarios de la presente Administración es la modernización institucional del
Estado en procura de
brindar servicios eficaces y eficientes.
Segundo.-Que
la Ley Nº 5525 señala al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica "la
responsabilidad principal
de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo", así como
la presentación de informes acerca de su avance al Presidente de la República.
Tercero.-Que
la misma Ley establece en su artfculo segundo, como
un medio para lograr los objetivos de la planificación, la evaluación
sistemática y permanente de los resultados que se obtengan
de la ejecución de planes y políticas, lo mismo que de los programas
respectivos.
Cuarto.-Que
corresponde a este Ministerio hacer las propuestas generales que permitan dar solución a problemas
identificados en la consecución
de las metas propuestas para dar cumplimiento al Plan Nacional
de Desarrollo.
Quinto.-Que
el decreto Nº 23323-PLAN de 18 de mayo de 1994, el cual reglamenta la organización y funciones de este Ministerio, establece
la obligatoriedad de coordinar, evaluar y dar seguimiento a los programas y políticas del Gobierno consignadas en el
Plan Nacional de
Desarrollo del país.
Sexto.-Que
el artículo cuarto del mismo decreto reitera la función
de promover una permanente evaluación y renovación de los servicios
que presta el Estado, de manera que efectivamente orienten
su servicio hacia los usuarios.
Sétimo.-Que
el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica sometió a consideración del Consejo de Gobierno,
la propuesta para el
establecimiento de un Sistema Nacional de Evaluación.
Octavo.--Que
la evaluación de la gestión institucional pública es una herramienta útil y necesaria en el proceso de reforma administrativa.
Por tanto,
DECRETAN
Artículo
1º.-La creación del Sistema Nacional de Evaluación Administrativa
el cual regirá de manera vinculante para los ministerios, instituciones autónomas y semiautónomas,
según las disposiciones
y procedimientos estipulados en el presente decreto.
El
Sistema será coordinado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.
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