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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23720 >> Fecha 06/10/1994 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23720 - Articulo 5
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Artículo 5º.-Cada Plan Anual de Trabajo deberá ser remitido al

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y a la

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria antes del 31 de

marzo del año anterior a la formulación presupuestaria del período

siguiente. No obstante el Ministerio de Planificación Nacional y

Política Económica podrán en todo momento, solicitar dicha

información.

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