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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24590 >> Fecha 21/07/1995 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24590 - Articulo 5
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Artículo 5º.- UNIDADES ADMINISTRATIVAS. Las Unidades Administrativas

de MIDEPLAN y de la DEP serán las encargadas de ejecutar las medidas de

conservación y control en cuanto al uso de los vehículos. Los jerarcas de

estas unidades velarán porque las disposiciones contenidas en el presente

Reglamento sean debidamente acatadas.

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