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Artículo 6º.- FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS. Las
Unidades Administrativas de MIDEPLAN y de la DEP realizarán las
siguientes funciones:
A) Llevar un Registro detallado de cada uno de los vehículos
sujetos a su control. El expediente de cada vehículo incluirá un historial que refiera documentalmente su adquisición, las
medidas de conservación y mantenimiento que se le hayan
aplicado y las que deban aplicarse, el régimen de aseguramiento
que lo protege, las acciones de aseguramiento que se hayan
ejecutado y cualquier otra información de importancia que se
considere contribuya a demostrar la propiedad, la tenencia, el
uso y la conservación del vehículo.
B) Atender y tramitar con prontitud los asuntos administrativos
relativos al uso de vehículos a su cargo.
C) Asignar los vehículos UAG de conformidad con las
características que el servicio de transporte requiera, tomando
en cuenta criterios de utilidad y uso racional de estos
recursos.
D) Designar los conductores y los choferes que deberán conducir
los vehículos.
E) Utilizar controles individuales cada vez que los vehículos UAG
sean utilizados. Ello comprenderá el uso de "Boletas de
Entrega" donde se hará constar las condiciones, los
implementos, el combustible y las herramientas que acompañan a
cada vehículo. Asimismo existirán registros foliados y
sellados, donde se hará constar cada ingreso y cada salida de
los vehículos.
F) Controlar la distribución de cupones de combustible. Asimismo
controlar el kilometraje de recorrido por cada servicio de
transporte y las autorizaciones que justifiquen el uso del
vehículo UAG. Los vehículos de MIDEPLAN que se utilicen en la
realización de giras dentro del territorio nacional, deberán
llevar registros especiales que informen del control de
kilometraje y del uso de combustible durante las giras.
G) Velar porque los vehículos estén debidamente asegurados y dar
seguimiento de denuncias presentadas ante el Instituto Nacional
de Seguros.
H) Informar, previa instrucción sumaria, al Ministro y al Oficial
Mayor sobre accidentes de tránsito y cualquier otra
irregularidad acaecida con respecto a los vehículos a su cargo,
así como efectuar los trámites y denuncias ante las instancias
administrativas y judiciales que correspondan, con inclusión de
aquellas que deban presentarse ante el Instituto Nacional de
Seguros.
I) Velar por el adecuado mantenimiento, las reparaciones y en
general por el buen estado de los vehículos a su cargo, con
inclusión de las medidas permanentes de limpieza y las de
revisión periódica en talleres especializados según el
kilometraje de cada vehículo.
J) Rendir Informes Anuales ante la Oficialía Mayor sobre la
tenencia, el uso, el mantenimiento y situaciones especiales de
los vehículos.
K) Velar porque los vehículos sean ordinariamente depositados y
custodiados en los estacionamientos previamente establecidos
por MIDEPLAN.
L) Realizar cualquier otra diligencia necesaria para el buen uso y
conservación de los vehículos.
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