Comité
Ejecutivo
Articulo
6°—EI Consejo de Coordinación Interinstitucional elegirá de su seno un
Comité Ejecutivo, integrado por ocho de sus miembros, el cual será presidido
por el Ministro-Director de Planificación Nacional y Política Económica. En
ausencia de éste, actuará como Presidente del Comité el Director Alterno de
la Oficina
de Planificación Nacional y Política Económica.
Períodos
de los Integrantes del Comité Ejecutivo
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