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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 8784 >> Fecha 04/07/1978 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 8784 - Articulo 11
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Artículo 11
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Secretaría Técnica

Articulo 11.— La Secretaría Técnica tendrá el carácter de dependencia de la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica y será dirigida por un Secretario Ejecutivo, cuyo nombramiento estará a cargo del Ministro-Director de Planificación Nacional y Política Económica.

La Secretaria Técnica contará con el personal necesario para el buen desempeño de sus labores. Dicho personal será nombrado por el Ministro-Director de Planificación Nacional y Política Económica.

En ausencia del Secretario Ejecutivo, o por imposibilidad de éste, el Ministro de Planificación Nacional y Política-Económica designará al funcionario que llevará a cabo las labores encomendadas al Secretario.

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