206
Artículo
206.- Composición. El Tribunal estará integrado por cinco miembros. Tres de
ellos serán abogados especializados en materia aduanera, con experiencia mínima
de cinco años; los otros dos serán personas con el grado mínimo de licenciatura
y experiencia de por lo menos cinco años en materias tales como clasificación
arancelaria, valoración aduanera, origen de las mercancías y demás regulaciones
del comercio exterior.
El
Tribunal contará con un presidente que será abogado, además, con un secretario
y el personal administrativo necesario para el buen funcionamiento, nombrados
de acuerdo con las regulaciones del Estatuto de Servicio Civil.
(Así reformado por el artículo 2° numeral 31) de la ley N° 10271
del 22 de junio del 2022)
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