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 Normativa >> Ley 7557 >> Fecha 20/10/1995 >> Articulo 214
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Normativa - Ley 7557 - Articulo 214
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Artículo 214
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214

SECCIÓN II

(Derogada la sección anterior por el artículo 3° de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022)

Artículo 214.- Defraudación fiscal aduanera. (Derogado por el artículo 3° de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022)

 

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