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 Normativa >> Ley 7557 >> Fecha 20/10/1995 >> Articulo 271
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Normativa - Ley 7557 - Articulo 271
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Artículo 271
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CAPITULO II

VENTA DE SERVICIOS

(Este capítulo fue derogado por el artículo 3 de la ley N° 10271 del 22 de junio de 2022)

ARTICULO 271.- Venta de servicios (Derogado por el artículo 3, de acuerdo con la redacción del artículo 1 punto 16) de la ley N° 10271 del 22 de junio de 2022)

(Así modificada su numeración por el artículo 1° de la ley N° 8013 del 18 de agosto del 2000, que lo trasladó del 252 al 267)

(Así modificada su numeración por el artículo 1° numeral 16) de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022, que lo traspasó del antiguo artículo 267 al 271)

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