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 Normativa >> Ley 7557 >> Fecha 20/10/1995 >> Articulo 7
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Normativa - Ley 7557 - Articulo 7
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Artículo 7
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7

TITULO II

SISTEMA ADUANERO NACIONAL

CAPITULO I

CONCEPTO

ARTICULO 7.- Sistema Aduanero Nacional

El Sistema Aduanero Nacional estará constituido por el Servicio Nacional de Aduanas y las entidades, públicas y privadas, que ejercen gestión aduanera y se relacionan dentro del ámbito previsto por el régimen jurídico aduanero.

 

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