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 Normativa >> Ley 7557 >> Fecha 20/10/1995 >> Articulo 252
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Normativa - Ley 7557 - Articulo 252
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Artículo 252
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252

Artículo 252.- Inversión en la aplicación de los métodos de valoración regulados en los artículos 5 y 6 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994

            La inversión del orden de aplicación de los métodos para valorar, fijados en los artículos 5 y 6 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, prevista en su artículo 4, solo tendrá lugar si la autoridad aduanera accede a la petición que le formule el importador en tal sentido.

(Así adicionado por el artículo 1° de la ley 8013 del 18 de agosto del 2000)

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