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 Normativa >> Ley 7384 >> Fecha 16/03/1994 >> Articulo 27
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Normativa - Ley 7384 - Articulo 27
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Artículo 27
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27

            ARTICULO 27.- Las atribuciones de la Comisión de Mercadeo serán las siguientes:

a) Recomendar al Instituto los márgenes de utilidad para las empresas exportadoras, excepto en el caso de productos de la pesca, comprados a embarcaciones de bandera extranjera.

b) Velar porque el Instituto mantenga actualizada la información sobre los precios internacionales.

c) Vigilar porque los precios pagados al pescador por el producto de exportación, se ajusten al precio internacional, rebajados los costos y la utilidad del exportador, con base en el modelo vigente de los costos, excepto en el caso de productos de la pesca comprados a embarcaciones de bandera extranjera.

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