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Artículo 41.- Solicitudes de
inscripción o permiso. Toda solicitud de inscripción o permiso
deberá presentarse en el Departamento o en las oficinas auxiliares que
establezca el reglamento, con la firma del petente
autenticada por un abogado si no la presenta personalmente. De presentarla
él mismo, deberá identificarse con su cédula de identidad
o, en el caso de extranjeros, con su cédula de residencia.
La solicitud deberá formularse por
escrito, con dos fotografías del interesado tamaño pasaporte y,
según corresponda, la factura de compra, la póliza de desalmacenaje o la carta-venta del arma. Además, se indicarán
las calidades, la nacionalidad y el domicilio del solicitante y todos los datos
necesarios para identificar plenamente las armas cuya inscripción se
solicita.
Las personas físicas deberán
aportar un dictamen extendido por un profesional competente, en los
términos que establezca el reglamento, sobre la idoneidad mental del
solicitante, al cual se le tomará la impresión de sus huellas
dactilares.
En caso de personas jurídicas, se
deberá aportar certificación de su personería y
cédula jurídica.
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