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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25626 >> Fecha 01/11/1996 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25626 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°—La Comisión INFODES estará integrada de la siguiente manera:

 

a) Dos representantes del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica;

b) Dos representantes del Ministerio del Ambiente y Energía, uno de los cuales será de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental;

c) Un representante del Ministerio de Salud;

d) Un representante del Ministerio de Educación;

e) Un representante de la Dirección General de Estadística y Censos;

f)  Un representante del Banco Central de Costa Rica:

g) Un representante de la Asamblea Legislativa;

h) Un representante del Sector Empresarial;

i)  Un representante del Sector Sociedad Civil;

j)  Dos representantes del Sector Académico.

 

Los representantes del sector académico serán nominados por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE). Los representantes de los sectores empresarial y de organizaciones de la sociedad civil serán postulados por el Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible.

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