Artículo
3°—La Comisión INFODES estará integrada de la siguiente manera:
a)
Dos representantes del Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica;
b)
Dos representantes del Ministerio del Ambiente y Energía, uno de los cuales
será de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental;
c) Un
representante del Ministerio de Salud;
d) Un
representante del Ministerio de Educación;
e) Un
representante de la Dirección General de Estadística y Censos;
f) Un representante del Banco Central de Costa
Rica:
g) Un
representante de la Asamblea Legislativa;
h) Un
representante del Sector Empresarial;
i) Un representante del Sector Sociedad Civil;
j) Dos representantes del Sector Académico.
Los
representantes del sector académico serán nominados por el Consejo Nacional de
Rectores (CONARE). Los representantes de los sectores empresarial y de
organizaciones de la sociedad civil serán postulados por el Consejo Nacional de
Desarrollo Sostenible.
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