Transitorio VIII- El Comité Paralímpico Nacional de Costa
Rica entrará en funciones el 15 de enero de 2021 . Mientras no haya entrado en
funciones el Comité Paralímpico Nacional, será el Comité Olímpico Nacional de
Costa Rica el que ejerza las funciones y administre los dineros dispuestos en
esta ley, incluyendo la coordinación de todo lo relativo a la participación de
Costa Rica en los Juegos Paralímpicos de Tokio 2020; el Comité deberá rendir
cuentas de lo actuado en pro del deporte paralímpico.
(Así adicionado por
el artículo 1° de la ley N° 9793 del 2 de diciembre de 2019)
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