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 Normativa >> Ley 7800 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 30
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Normativa - Ley 7800 - Articulo 30
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Artículo 30
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30

ARTÍCULO 30.- Exonérase al Comité Olímpico de todo tipo de impuestos,

tasas y sobretasas, para la importación y adquisición de artículos o

implementos deportivos necesarios para la práctica y participación de los

equipos olímpicos en las competencias nacionales e internacionales

organizadas por el citado Comité.

Asimismo, se exoneran de tasas e impuestos de cualquier naturaleza

los bienes inmuebles propiedad del Comité Olímpico y de las federaciones

y asociaciones nacionales que cumplan con los fines para los cuales han

sido creados.

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