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ARTICULO 93.- Referencia legal
Las referencias legales al Servicio Nacional de Electricidad o a sus siglas SNE, en adelante se entenderán referidas a la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos.
(Así corrida su numeración por el artículo 41, aparte j) de la Ley N° 8660
del 8 de agosto de 2008, que lo traspasó del anterior artículo 70 al 93
actual).
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