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ARTICULO 14
Aspectos financieros
1.- Las Partes convienen en que, en función de las necesidades
específicas de las diferentes regiones y subregiones, deben establecerse
centros regionales de capacitación y de transferencia de tecnología con
respecto al manejo de desechos peligrosos y otros desechos y a la
reducción al mínimo de su generación. Las Partes Contratantes adoptarán
una decisión sobre el establecimiento de mecanismos de financiación
apropiados de carácter voluntario.
2.- Las Partes examinarán la conveniencia de establecer un fondo
rotatorio para prestar asistencia provisional, en situaciones de
emergencia, con el fin de reducir al mínimo los daños debidos a
accidentes causados por el movimiento transfronterizo y la eliminación
de desechos peligrosos y otros desechos.
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