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 Normativa >> Ley 7438 >> Fecha 06/10/1994 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 7438 - Articulo 12
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Artículo 12
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12

ARTICULO 12

Consultas sobre la responsabilidad

Las Partes cooperarán con miras a adoptar cuanto antes un protocolo

que establezca las normas y procedimientos apropiados en lo que se

refiere a la responsabilidad y la indemnización de los daños resultantes

del movimiento transfronterizo y la eliminación de los desechos

peligrosos y otros desechos.

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