Artículo 44 ter- Derecho del trabajador consumidor
financiero. Los trabajadores tienen derecho a solicitar al patrono la deducción
de las cuotas para el pago de sus créditos, siempre que exista acuerdo de voluntades
entre el trabajador y la entidad acreedora, hasta el límite inembargable.
Los patronos no podrán discriminar ni dejar de aplicar las
deducciones al salario de las cuotas debidamente autorizadas previamente por el
trabajador, para el pago de las operaciones financieras de crédito,
voluntariamente contraídas por este o para el pago de su afiliación a
organizaciones de base asociativa social cuyo fin no es el lucro, respetando el
derecho y la libertad de contratación y de asociación del trabajador.
El
trabajador demostrará a los oferentes de crédito, para determinar la viabilidad del crédito, su capacidad de pago, no solo con sus ingresos salariales brutos sino además
sus otras fuentes que le permitan demostrar su capacidad
de endeudamiento. El oferente
de crédito no podrá limitar los medios
probatorios para valorar la
capacidad de pago del trabajador.
(Así
adicionado por el artículo 4° de la ley N° 9859 del 16 de junio del 2020)
(Así
reformado por el artículo 2° de la ley N° 9918 del 11 de noviembre del 2020)
TRANSITORIO- Las condiciones sobre la forma de pago
establecidas en los contratos de todas aquellas operaciones de crédito vigentes
antes de la entrada en vigencia de la Ley 9859, Adición de los Artículos 36
bis, 36 ter, 36 quater, 44 ter y de los Incisos g) y
h) al Artículo 53, y Reforma de los Artículos 44 bis y 63 de la Ley 7472,
Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, de 20 de
diciembre de 1994, deberán seguir siendo deducidas de los salarios y las
pensiones de los trabajadores y jubilados, según corresponda, de acuerdo con
los términos convenidos y autorizados por los deudores y las entidades
oferentes de crédito. Dicha condición estará vigente hasta la cancelación de la
operación crediticia.
(Así adicionado
el transitorio anterior por el artículo 3° de la ley N° 9918 del 11 de
noviembre del 2020)