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 Normativa >> Ley 7472 >> Fecha 20/12/1994 >> Articulo 26
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Normativa - Ley 7472 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26°.- Criterios de valoración.

Para imponer las multas a que se refiere el artículo anterior, la Comisión para promover la competencia debe tomar en cuenta como criterios de valoración: la gravedad de la infracción, la amenaza o el daño causado, los indicios de intencionalidad, la participación del infractor en el mercado, el tamaño del mercado afectado, la duración de la práctica o concentración, la reincidencia del infractor y su capacidad de pago.

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