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 Normativa >> Ley 5661 >> Fecha 11/12/1974 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 5661 - Articulo 4
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Artículo 4
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4

ARTICULO 4º.- Refórmase el artículo 11 de la Ley de Pensiones y

Jubilaciones de Guerra, Nº 1922 de 5 de agosto de 1955, y sus reformas,

para que se lea así:

(...)

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