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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23944 >> Fecha 12/12/1994 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23944 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio Único: Las comisiones ministeriales conformadas con anterioridad a publicación de este Decreto continuarán en funciones.

 

Los Ministerios e Instituciones que a la fecha no hayan conformado las comisiones, tendrán un plazo máximo de dos meses a partir de la vigencia de este decreto para constituirlas.

 

Dado en la Presidencia de la República.- San José, a las trece horas del día doce de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

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