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 Normativa >> Ley 7634 >> Fecha 03/10/1996 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 7634 - Articulo 13
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Artículo 13
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13

Artículo 13

(Reglamento de ejecución. Revisión)

1.- Los detalles de ejecución del presente Arreglo serán determinados

por un Reglamento.

2.- El presente Arreglo podrá ser revisado por conferencias

celebradas entre los delegados de los países de la Unión particular.

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