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CAPÍTULO IV
DE LOS PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO
ARTÍCULO 13.- Solicitud
Los interesados en prestar los servicios de estacionamiento deberán
solicitar el permiso de funcionamiento ante la Dirección General de
Ingeniería de Tránsito. La solicitud debe acompañarse con el original o
la copia certificada del plano que indique la demarcación y el diseño del
parqueo, según los requisitos de esta ley. La Dirección deberá constatar
que las obras realizadas corresponden al plano aprobado por ella.
Las solicitudes de permiso deberán estar firmadas por el dueño de la
propiedad o su representante legal.
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes deberá resolver la
solicitud en un plazo de treinta días hábiles; en caso contrario, se
tendrá por aprobada.
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