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 Normativa >> Ley 7554 >> Fecha 04/10/1995 >> Articulo 54
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Normativa - Ley 7554 - Articulo 54
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Artículo 54
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54

Artículo 54.- Aplicación de criterios. Los criterios para proteger y aprovechar el suelo se considerarán:

a) En la determinación de usos, reservas y destinos del suelo.

b) En los servicios de apoyo, de naturaleza crediticia, técnica o investigativa, que otorgue la Administración Pública a las actividades ligadas al uso del suelo.

c) En los planes, los programas y los proyectos de conservación y uso de los suelos.

d) En el otorgamiento, la modificación, la suspensión o la revocación de permisos, concesiones o cualquier otro tipo de autorización sobre el aprovechamiento del suelo y del subsuelo.

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