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 Normativa >> Ley 7554 >> Fecha 04/10/1995 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 7554 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4.- Fines. Son fines de la presente ley:

a) Fomentar y lograr la armonía entre el ser humano y su medio.

b) Satisfacer las necesidades humanas básicas, sin limitar las opciones de las generaciones futuras.

c) Promover los esfuerzos necesarios para prevenir y minimizar los daños que pueden causarse al ambiente.

d) Regular la conducta humana, individual o colectiva, y la actividad pública o privada respecto del ambiente, así como las relaciones y las acciones que surjan del aprovechamiento y la conservación ambiental.

e) Establecer los principios que orienten las actividades de la Administración Pública en materia ambiental, incluyendo los mecanismos de coordinación para una labor eficiente y eficaz.

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